La medida alcanzó a artículos sin registro sanitario y a instrumental traumatológico extraviado cuya seguridad no pudo ser garantizada.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de una serie de cosméticos de la marca Tan Orgánico y de cinco productos médicos de la firma Stryker, según las disposiciones 3754/2026 y 3753/2026 publicadas en el Boletín Oficial.
En el caso de los cosméticos, la investigación comenzó tras una notificación enviada desde la provincia de Córdoba. Luego de verificar su comercialización en plataformas de venta electrónica, el organismo detectó que los envases no contaban con datos de inscripción sanitaria. Además, al consultar la base oficial de productos registrados, comprobó que ninguno coincidía con la información identificatoria consignada en los rótulos.
La prohibición alcanzó a una crema corporal autobronceante orgánica, una crema humectante prolongadora del color, una bruma facial autobronceante, tanning drops, una mousse autobronceante, un gel exfoliante corporal y una crema autobronceante facial, todos de la marca Tan Orgánico. Desde la Anmat señalaron que no fue posible identificar el establecimiento elaborador ni garantizar la seguridad, eficacia o composición de los productos, por lo que la restricción se mantendrá hasta que regularicen su situación.
Por otra parte, el organismo también prohibió la circulación de cinco productos médicos de Stryker utilizados en procedimientos traumatológicos y ortopédicos, entre ellos un portabrocas con llave de 1/4, una sierra sagital System 7 y una pieza de mano rotatoria System 8. La empresa informó que el instrumental fue extraviado mientras permanecía en consignación en el Hospital Italiano de Buenos Aires. Debido a que quedó fuera del control del titular del registro, la Anmat advirtió que no puede garantizar sus condiciones de conservación, funcionamiento y seguridad.















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